El derecho al olvido oncológico es fundamental para garantizar que los supervivientes de cáncer no sean discriminados en aspectos financieros, laborales y sociales. Esta legislación protege a quienes han superado la enfermedad, asegurando que no se les exija informar sobre su historial médico al contratar seguros o acceder a productos bancarios.
¿Qué es el derecho al olvido oncológico?
El derecho al olvido oncológico impide que las personas que han superado un cáncer sean discriminadas en la contratación de seguros de vida, hipotecas o en su acceso al empleo. Esta regulación permite que, tras un periodo de cinco años sin recaída, no se exija declarar la enfermedad previa.
Discriminación en seguros y empleo
Los supervivientes de cáncer enfrentan dificultades en sectores clave. Un informe de la Fundación Josep Carreras contra la Leucemia en 2022 reveló que:
- El 83% de los afectados tuvo problemas para contratar un seguro de vida.
- El 70% enfrentó trabas con seguros de decesos.
- El 47% encontró dificultades al solicitar un préstamo.
La Dra Isabel Echavarría, secretaria científica de la Sociedad Española de Oncología Médica (SEOM), indicó en declaraciones al Science Media Center de España que “esta problemática crece debido al aumento en la incidencia del cáncer y los avances en supervivencia”.
El impacto en la vida de los supervivientes
La presidenta del Grupo Español de Pacientes con Cáncer (GEPAC), Begoña Barragán, destaca que “las barreras impuestas generan un impacto emocional y económico muy profundo”. Por su parte, Verónica Ortiz, vicepresidenta de la Federación Española de Familias de Cáncer Infantil (FEFCI), agrega que “cuando una persona es discriminada, revive la enfermedad”.
Regulación en otros países
El Real Decreto Ley 5/2023 en España establece que los bancos y aseguradoras no pueden exigir antecedentes oncológicos después de cinco años sin recaída. Esta normativa cumple con la resolución del Parlamento Europeo de 2022, que instaba a los países a legislar sobre este derecho antes de 2025.
España y Francia lideran con la normativa más favorable, fijando el periodo de olvido en cinco años, mientras que otros países europeos lo establecen en hasta diez años.
Hasta la fecha, Estados Unidos no cuenta con una legislación federal específica que reconozca el derecho al olvido oncológico. Las políticas relacionadas con la privacidad médica y la no discriminación se rigen principalmente por la Ley de Portabilidad y Responsabilidad de Seguros de Salud (HIPAA) y la Ley de Estadounidenses con Discapacidades (ADA). Sin embargo, estas leyes no abordan específicamente la problemática de la divulgación del historial oncológico en contextos financieros o de seguros.
En América Latina, algunos países han avanzado en la implementación de este derecho. Por ejemplo, en febrero de 2023, Chile promulgó la Ley N° 21.656, que consagra el derecho al olvido oncológico. Esta normativa prohíbe actos discriminatorios en contratos, especialmente en seguros de vida y salud, para personas que han estado libres de cáncer durante cinco años desde la finalización del tratamiento sin recaídas.
En el caso de Colombia, en noviembre de 2024, el Senado aprobó un proyecto de ley que busca garantizar el derecho al olvido oncológico. La iniciativa propone que, tras ocho años desde la finalización del tratamiento sin recaídas (o cuatro años si el diagnóstico fue en la niñez), los sobrevivientes no estén obligados a declarar su historial de cáncer al solicitar productos financieros o seguros. Este proyecto aún requiere aprobación en la Cámara de Representantes para convertirse en ley.
Es importante destacar que la implementación de este derecho varía según el país, y en muchos lugares aún está en discusión o en etapas iniciales de desarrollo. La adopción de estas medidas refleja una creciente conciencia sobre la necesidad de proteger a los sobrevivientes de cáncer de posibles discriminaciones y facilitar su reintegración plena en la sociedad.
Desafíos y mejoras pendientes
Según la Asociación Española de Derecho Sanitario, la ley aún presenta vacíos. La responsable del Programa de Experiencia del Paciente de la Fundación Josep Carreras, Alexandra Carpentier, señala que: “La norma solo menciona seguros de vida, dejando fuera otros productos financieros”.
Además, se debate la definición de “tratamiento radical”, ya que su ambigüedad podría afectar la aplicación de la ley.
Preguntas Frecuentes
¿Quiénes pueden beneficiarse del derecho al olvido oncológico?
Las personas que han superado un cáncer y no han tenido recaídas en los últimos cinco años.
¿Qué beneficios ofrece esta regulación?
Evita la discriminación en la contratación de seguros, préstamos y el acceso a empleos.
¿Se aplica a todos los productos financieros?
Actualmente, solo cubre seguros de vida, aunque se están promoviendo cambios para incluir más productos.
¿Cómo se puede hacer valer este derecho?
Si una entidad incumple la normativa, los afectados pueden presentar quejas ante organismos de defensa del consumidor y autoridades regulatorias.
¿Qué países han implementado este derecho?
España y Francia han sido pioneros. En América Latina, Chile ha aprobado una ley, y Colombia está en proceso de regulación.
¿Cuál es la situación en Estados Unidos?
No existe una ley específica, pero la privacidad médica se protege a través de la HIPAA y la ADA.
¿Cuál es el periodo de espera para acogerse a este derecho en otros países?
Varía según el país: España y Francia establecen cinco años, mientras que en Colombia el periodo propuesto es de ocho años (o cuatro en casos de diagnóstico infantil).
Por Karla Islas Pieck
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